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Acerca del Decreto N° 591/2019 sobre la importación de residuos

El Decreto N° 591/2019 (B.O. 27/08/2019) -modificatorio del Decreto N° 181 del 24 de enero de 1992- actualiza la normativa ambiental nacional referida a la importación de residuos, respetando los convenios internacionales asumidos por nuestro país, y de acuerdo con modelos reconocidos a nivel mundial que han avanzado en la implementación de políticas de valorización de los residuos.

La valorización de los residuos es un concepto reconocido mundialmente que postula el aprovechamiento de materiales para la minimización de la utilización de recursos no renovables y la promoción de la economía circular.

En este sentido, el Decreto N° 591/2019 promueve el aprovechamiento integral de sustancias u objetos que obtenidos a partir de la valorización de los residuos y en arreglo a criterios técnicos y en condiciones ambientalmente adecuadas, dejan de ser considerados como tales y pueden ser destinados a un proceso productivo como insumo o materia prima, en reemplazo de recursos no renovables.

El Decreto delimita las exigencias que deberán cumplir las sustancias u objetos en cuestión, de acuerdo con criterios de aplicación internacional y tomando como referencia la Directiva 2008/98/CE de la Comunidad Europea (actualizada en el año 2017) que define las condiciones bajo las cuales se puede determinar el fin de la condición de residuo para su posterior utilización como insumo en un proceso productivo. Para ello considera no sólo el control de las cuestiones ambientales, sino el destino que se le dará a estos insumos y la actividad industrial donde se utilizarán, vedando la importación cuando su uso genere impactos adversos para el ambiente o la salud.

Es importante destacar que existe un mercado y una demanda internacional para estas sustancias u objetos como commodities; que estos materiales satisfacen los requisitos técnicos para una finalidad industrial específica y cumplen con la legislación existente y las normas aplicables a producto; y que los beneficios ambientales que presentan superan ampliamente cualquier riesgo potencial en su utilización, ya que no generan impactos adversos globales para el ambiente y la salud.

Asimismo, el Decreto N° 591/2019 ratifica la prohibición del tránsito, la introducción y la importación definitiva o temporal al Territorio Nacional, al Área Aduanera Especial y a las Áreas Francas creadas o por crearse, incluidos sus espacios aéreos y marítimos, de todo tipo de residuo procedente de otros países.

La incorporación del concepto de valorización al régimen nacional de residuos permite que las sustancias u objetos valorizados se utilicen como recursos que actualmente se comercializan como commodities, bajo un nuevo régimen de permisos que, alineados a los objetivos de desburocratización y modernización del Estado, entendemos necesarios para incrementar la productividad y fomentar el desarrollo sustentable y sostenible de la industria.

La disponibilidad de estos materiales importados representa un valioso recurso para el desarrollo de la industria nacional, y complementa el aprovisionamiento de estos recursos prioritariamente recuperados localmente.

La Unión Industrial Argentina expresa su acuerdo con la modificación que introduce el presente Decreto por tanto entiende que constituye una herramienta que protege al ambiente y promueve la industria nacional, fortalece los controles para garantizar el uso de insumos importados en condiciones ambientalmente adecuadas, en beneficio de la producción nacional y la creación de trabajo genuino.

Ante cualquier duda o consulta sobre este tema, apreciaremos dirigirse a la Ing. Magdalena Mingo, jefa del Departamento de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable (4124-2367 / magdalenam@uia.org.ar).

Diego Coatz
Director Ejecutivo
Unión Industrial Argentina

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